La Corte Suprema de Justicia de Brasil, emitió el Habeas Corpus (HC 96007) donde
decidió por unanimidad archivar el caso Estevam y Sônia Hernandes, fundadores de
Iglesia Apostólica Renacer en Cristo.
La Primera Sala de la Corte Suprema de Justicia de Brasil, emitió el Habeas
Corpus (HC 96007) donde decidió por unanimidad archivar el caso de los pastores
Estevam y Sônia Hernandes, fundadores de Iglesia Apostólica Renacer en Cristo,
quienes respondieron al proceso de la Corte Primera de lo Penal de la capital
del estado, quedando absueltos de los cargos de ser presuntos cabecillas para
comandar una organización delictiva que “se valía de la estructura de una
entidad religiosa y empresas relacionadas para recaudar grandes sumas de dinero,
estafando a los fieles por medio del fraude, desvío numerario ofrecido para
ciertos fines relacionados con la iglesia para su propio beneficio y otros”.
Estevam y Sônia Hernandes, también habían sido acusados de “lucrarse de
diversas empresas, desvirtuando actividades eminentemente asistenciales para dar
golpes seguidos”.
Luiz Flávio Borges D’Urso, abogado y defensa de la pareja Hernandes, dice que
la Ley 9.613/98 dice que para configurar el delito de blanqueo de dinero se
requiere la existencia de un delito anterior, que denuncie y apunte a ser una
organización criminal. Para el abogado, sin embargo, no existe en el
ordenamiento jurídico brasileño el tipo penal de “organización criminal”, lo que
requiere la extinción de la denuncia.
“Es un proceso que trae efectos en todos los procesos relacionados con la
‘organización criminal’. La Corte entiende que esta figura de ‘organización
criminal’ no existe en la legislación. Se trata de una decisión histórica “,
explicó el abogado.
Traducido y adaptado por NoticiaCristiana.com de IG y
JusBrasil
http://jesusvieneprontopreparate.blogspot.com/
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